El curso escolar comenzará gradualmente a partir del próximo 12 de septiembre

Los escolares de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial, así como los estudiantes de Educación Secundaria Obligatoria escolarizados en centros de Educación Primaria comenzarán el lunes día 12 de septiembre sus clases. Por su parte, empezarán el curso el 19 de septiembre los alumnos de ESO, Bachillerato, 2º curso de Ciclos Formativos de Grado Superior de Formación Profesional Inicial y de Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño, así como las Enseñanzas en régimen nocturno.

Por su parte, los estudiantes de Ciclos de Formación Profesional Básica, Ciclos Formativos de Grado Medio y 1º curso de Ciclos Formativos de Grado Superior de Formación Profesional Inicial y de Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño comenzarán las clases el 26 de septiembre y, dos días más tarde, el 28 de septiembre, lo harán los alumnos de enseñanzas impartidas en centros y aulas de Educación de Personas Adultas y de Enseñanzas a Distancia.

Por último, el lunes, 3 de octubre iniciarán las clases los alumnos de las Enseñanzas de Idiomas y de las Enseñanzas Elementales y Profesionales de Música y Danza.

En cuanto al final del curso escolar, el alumnado de Enseñanzas de Idiomas y de 6º curso de Enseñanzas Profesionales de Música y Danza, terminarán el día 31 de mayo de 2017; el alumnado de 2º curso de Ciclos Formativos de Grado Superior de Formación Profesional Inicial y de Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño, el 7 de junio de 2017 y el alumnado del resto de enseñanzas finalizará la actividad lectiva el día 23 de junio de 2017.

En el calendario escolar, publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) el día 9 de junio, se indica que la fecha de finalización de las actividades lectivas de 2º curso de Bachillerato se establecerá de acuerdo con lo que la normativa sobre la evaluación final de esa etapa establezca al respecto; además, la fecha señalada, 23 de junio de 2017, para el fin de la actividad lectiva de 4º curso de Educación Secundaria Obligatoria, podrá modificarse en función de lo que establezca la normativa sobre la evaluación final de dicha etapa.

Por otra parte, en el calendario escolar 2016-2017 se consideran lectivos los días dedicados a las pruebas extraordinarias de evaluación. Las fechas para estas pruebas son: la segunda sesión de evaluación final de Formación Profesional Inicial se realizará hasta el día 5 de septiembre; las pruebas extraordinarias de Enseñanzas Elementales y Profesionales de Música y Danza, hasta el 6 de septiembre y del 1 al 5 de septiembre, el resto de pruebas extraordinarias.

Vacaciones, festividades y días no lectivos

El calendario del curso 2016-2017 también establece los periodos vacacionales, festividades laborales y días no lectivos. Así, las vacaciones de Navidad comprenderán del 23 de diciembre de 2016 al 8 de enero de 2017 y las de Semana Santa, del 6 al 16 de abril de 2017.

Además de los festivos establecidos en el calendario laboral de la Comunidad, tendrán la consideración de días no lectivos el 31 de octubre de 2016 -Día del Docente- el lunes, 5 de diciembre de 2016 y los días 27 y 28 de febrero de 2017 -fiestas de Carnaval-.

Modificaciones en el calendario

No obstante, los centros docentes pueden solicitar cambios en el calendario escolar. Para ello, deben solicitar su modificación a las direcciones provinciales de Educación hasta el 29 de julio en los casos que afecten a las fechas de inicio de las actividades lectivas y hasta el 30 de septiembre para el resto y, en el caso de centros sostenidos con fondos públicos, la solicitud debe informarse por el Consejo Escolar o por el Consejo Social, en el caso de Centros Integrados de Formación Profesional (CIFP). Además, los centros que comparten los servicios de comedor o transporte escolar tienen que acordar y solicitar individualmente la modificación de los mismos días, para que de esta forma dispongan del mismo calendario escolar. Los directores de los centros implicados deben indicar en su solicitud los centros con los que comparten los servicios.

La posibilidad de solicitar dichos cambios pretende conjugar un marco común para toda la Comunidad de Castilla y León con la especificidad de cada centro y sus circunstancias, teniendo en cuenta su autonomía en lo relativo a la organización y distribución del tiempo escolar.

Asimismo, aunque la solicitud la realizan los centros, los ayuntamientos o los consejos escolares municipales, si se da el caso, pueden promover la coincidencia de dichas modificaciones entre todos los centros de su municipio. La normativa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte fija un mínimo de 175 jornadas por curso para las enseñanzas obligatorias. En todo caso, las modificaciones no afectarán al cómputo total de días lectivos del curso establecidos en el calendario para cada enseñanza.

 

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